Es posible que últimamente te hayas dado cuenta de que muchas páginas web muestran un mensaje que te advierte sobre el uso de cookies. Si deseas contar con unos mayores conocimientos sobre la ley de cookies para poder aplicarla y adaptarla a tu negocio online te recomendamos seguir leyendo.
Y es que en siguiente texto encontrarás información sobre cómo elaborar una política de cookies, cómo informar y conseguir el consentimiento de los usuarios y, por último, cómo llevar a cabo una análisis de las cookies que emplea tu blog y web, así como las aplicaciones de tus dispositivos (móvil, tablet, TV, etc.). Seguir las normas de uso de las cookies resulta fundamental desde el 2012.
1. Definiciones indispensables
Resulta interesante que conozcas las definiciones más importantes en relación a las cookies:
Cookie: Se trata de cualquier tipo de archivo o dispositivo que se descarga en el equipo informático de un usuario en el momento que accede a una página web con la intención de almacenar, actualizar o bien recuperar los datos.
Existen numerosos tipos de cookies como por ejemplo: cookies publicitarias, cookies propias, cookies de terceros, cookies de análisis, cookies persistentes, cookies de sesión o cookies de publicidad comportamental, entre otras.
Página web: Cualquier plataforma o paginas electrónica a la que acceden los usuarios a través de sus equipos informáticos desde donde se les presta el servicio por el cual se instala la cookie.
Terminal: Cualquier tipo de dispositivo en el cual se descarga la cookie (como una tablet, un ordenador, un teléfono móvil o smartphone, la TV, etc.)
Señalar que desde el año 2012 es preciso obtener el consentimiento informado de los usuarios para instalar cookies en sus equipos informáticos, excluyendo algunos supuestos.
2. Cookies exentas y cookies no exentas
Cookies exentas:
Las cookies exentas son aquellas sobre las cuales la ley de cookies no aplica, de modo que no resulta necesario conseguir el consentimiento del usuario ni tampoco informar sobre ello. Existen dos tipos principalmente:
– Cookies indispensables para poder prestar un servicio que ha sido solicitado de manera expresa por el usuario.
– Cookies indispensables para poder permitir la comunicación entre la red y el equipo informático del usuario.
Cookies no exentas:
Las cookies no exentas son aquellas en las que resulta necesario informar y conseguir el consentimiento por parte del usuario, ya sean las cookies de tu propia página web como las cookies de terceros (publicidad de terceros, juegos de terceros, etc.), es decir, que resulta necesario cumplir con la ley de cookies.
Señalar que aunque las cookies de terceros sean enviadas a través de tu propio dominio web, se trata de cookies que no están exentas, de modo que resulta necesario informar a todos los usuarios, además de obtener su consentimiento expresamente, para que de este modo tanto tu negocio online como las demás empresas (cookies de terceros) puedan tratar los datos conseguidos.
3. Analizar las cookies de tu web
Antes de elaborar la política de cookies es necesario que conozcas cuáles son las cookies que emplea tu página web, ya seas un blogger, una tienda online, un medio de comunicación, etc. El análisis lo podrás realizar tun mismo, o bien con ayuda de un tercero que haya creado con anterioridad una página web y posea conocimientos sobre ello.
Para conocer las cookies que utiliza tu sitio web deberás:
– Utilizar las distintas apps y herramientas, así como las funcionalidades de los navegadores. Para ello será necesario eliminar previamente todas las cookies de tu navegador y después acceder a tu propia web y comprobar que cookies han sido detectadas por el navegador o las apps.
– Realizar un análisis del código de programación de tu sitio web o apps.
– Examinar detenidamente las condiciones generales y contratos de tus proveedores que hayas aceptado para de este modo poder añadir, elaborar o crear servicios así como funcionalidades a tu sitio web (juegos, publicidad, etc.)
Una vez que hayas identificado las cookies que utiliza tu página web, deberás analizar las mismas con la intención de poder definir si pueden ser consideradas cookies exentas o bien por el contrario se consideran no exentas, y por tanto aplicar la ley en el caso de que corresponda.
4. Política de cookies
Existen varias maneras para poder conseguir el consentimiento expreso de los usuarios para que tu empresa o bien terceras empresas que traten las cookies puedan hacer uso de los datos obtenidos con la finalidad con la cual se ha informado al usuario. Algunas de las formas son las citadas a continuación:
– En el momento en el que se instale una aplicación
– En el momento en el que el usuario se registre
– En el momento en el que un usuario visita la página web mediante el formato de información por capas.
Información por capas: Este método consiste en presentar al usuario desde el primer momento la información sobre la finalidad que tienen las cookies, así como si son propias o bien de terceros y la política de cookies.
- Primera capa: Puede tratarse de una barra, un layer o un formato similar que deberá ser bien visible en la pantalla hasta el momento que el usuario realice la acción que se requiera para conseguir el consentimiento.
- Segunda capa: La página web interior, o segunda capa, a la cual debe llevar el enlace que se muestra en la primera capa, es necesario que recoja básicamente la política de cookies. La política de cookies deberá recoger al menos:
1. Definición y función de las cookies
2. Información del tipo de cookies que emplea el sitio web (publicidad, de análisis, etc.)
3. Información sobre la manera de eliminar o desactivar las cookies
4. Determinar las posibles terceras empresas
Resulta fundamental que la política de cookies este visible de manera permanente y sea accesible a los usuarios a través de un enlace que podrá ser situado al final de la propia página web, es decir, junto al aviso legal, la política de privacidad o las condiciones generales de la web. Se recomienda que el enlace tenga relación con el contenido de la página, empleando nombres para el enlace como ‘Política de cookies’ o simplemente ‘Cookies’, para que de este modo el usuario reconozca fácilmente lo que encontrará en dicho enlace.
Recuerda que en el caso de que se recojan datos personales de una persona física que sea identificable, especialmente de aquellos usuarios que se registren en tu sitio web, ya no solo deberás cumplir con la ley de cookies, sino que además deberás cumplir con la normativa de protección de datos de carácter personal.
5. Contratación de servicios que emplean cookies
En referencia a las relaciones contractuales es preciso tomar una serie de medidas para de este modo cumplir satisfactoria y correctamente con aquellas obligaciones que deriven de la utilización de cookies en las páginas web.
En este caso pueden distinguirse dos tipos de empresas, destacando que en ocasiones se puede dar el caso en los que la clasificación no resulte muy clara, ya que una misma empresa podría actuar red publicitaria o soporte ante un tercero. Será preciso examinar detenidamente las particularidades en cada caso para poder aplicar correctamente la normativa específica. Entonces, ¿qué dos tipos de empresas se pueden encontrar?
Clientes: Son empresas titulares de un sitio web, una apps para tablet, móvil o TV, soportes, anunciantes, redes sociales, medios de comunicación, entre otros. Si contratas como cliente un proveedor para la prestación de servicios tendrás que firmar un contrato y aceptar unas condiciones generales por la contratación.
En las condiciones generales del contrato podrás observar como tu proveedor trata los datos de las cookies. En el caso de no tenerlo claro, siempre se aconseja solicitar información a tu proveedor, ya que puede serte de gran utilidad. En relación a esta información podrás determinar si resulta preciso informar y obtener el consentimiento para que tu proveedor te pueda prestar el servicio. Recuerda que si el proveedor hace uso de los datos para mejorar sus servicios será necesario informar y conseguir el consentimiento.
Proveedores: Los proveedores de servicios son las redes de publicidad, las agencias de medios o los proveedores de análisis web, entre otros. Si tratas los datos como proveedor tanto para dar servicio a tus clientes como para tus propias finalidades lo conveniente es que también obtengas el consentimiento por parte de tus usuarios, aunque cabe decir que existen limitaciones relevantes.
Las limitaciones que se presentan pueden ser útiles para poder determinar tu cumplimiento en relación a las obligaciones que derivan del uso de las cookies, lo cual podrá llevarse a cabo mediante condiciones generales, cláusulas del contrato o bien órdenes de encargo, donde deberás dejar constancia de las medidas de carácter interno que adoptas, las normas de responsabilidad que estableces, que solicitas a tus clientes que informen correctamente y obtengan el consentimiento por parte de los usuarios, y que informas a tu clientes para que vas a tratar los datos de los usuarios.
Cumplir con la ley de las cookies se ha convertido en algo clave debido a los cambios introducidos Ley de Servicios de la Sociedad de la Información (LSSI), de modo que ponte al día y cumple con la ley.